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Las elecciones para el nuevo Pleno de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Álava se celebrarán el próximo miércoles 6 de junio

04/06/2018

La Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Álava celebrará el próximo miércoles 6 de junio elecciones para la renovación de sus Órganos de Gobierno. En dichos comicios toman parte, tras la correspondiente evaluación de requisitos y proclamación por parte de la Junta Electoral, un total de 40 empresas para 24 vocalías en el nuevo Pleno.

Del total de candidatos, 6 han sido ya proclamados electos por la Junta Electoral al coincidir el número de candidaturas y puestos vacantes en su correspondiente Agrupación y Categoría. Las votaciones para elegir a las empresas que ocuparán las 18 vocalías vacantes, correspondientes a once de las catorce Agrupaciones y Categorías en que se divide el Grupo A, se celebrarán el miércoles 6 de junio en la sede de la Cámara, en la calle Dato 38 de Vitoria-Gasteiz, en horario ininterrumpido de 09:00 a 20:00 horas.

El número de miembros del Pleno se distribuye en distintas Agrupaciones y Categorías de acuerdo con la estructura económica de Álava y su aportación a la Cámara. Se compone de 36 vocales, de los cuales 24 son mediante sufragio libre, igual, directo y secreto entre todos los electores (Grupo A), 5 a propuesta de las organizaciones empresariales (Grupo B) y los 7 restantes son empresas de mayor aportación voluntaria (Grupo C).

Las Agrupaciones y Categorías donde hay liza electoral son las siguientes:

- Sección Industria y Construcción:
o Agrupación 1ª "Energía y agua, extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados e industria química" - Categoría 2ª. Dos candidatos para una vocalía.
o Agrupación 2ª "Industrias transformadoras de los metales y mecánica de precisión" - Categoría 1ª. Cuatro candidatos para tres vocalías.
o Agrupación 2ª "Industrias transformadoras de los metales y mecánica de precisión" - Categoría 2ª. Tres candidatos para dos vocalías.
o Agrupación 3ª "Otras industrias manufactureras" - Categoría 1ª. Cuatro candidatos para dos vocalías.
o Agrupación 4ª "Construcción" - Categoría única. Cuatro candidatos para dos vocalías.

- Sección Comercio y Hostelería:
o Agrupación 5ª "Comercio al por mayor" - Categoría única. Dos candidatos para una vocalía.
o Agrupación 6ª "Comercio al por menor" - Categoría única. Seis candidatos para dos vocalías.
o Agrupación 7ª "Servicios de alimentación, hospedaje y reparaciones" - Categoría única. Dos candidatos para una vocalía.

- Sección Servicios:
o Agrupación 8ª "Transportes y Comunicación" - Categoría única. Dos candidatos para una vocalía.
o Agrupación 9ª "Instituciones financieras y Seguros" - Categoría única. Tres candidatos para una vocalía.
o Agrupación 10ª "Otros servicios" - Categoría 2ª. Cuatro candidatos para dos vocalías.

De las 43 candidaturas inicialmente proclamadas por la Junta Electoral, han comunicado su retirada de candidatura las siguientes empresas: Adigrafik S.L., Eroski Sociedad Cooperativa y Carpintería Llodiana S.A.

Quiénes pueden votar:

Las y los electoras/es inscritos en el censo en cada categoría donde se celebre la elección. En el momento de ejercer su derecho al voto, el/la elector/a presentará los documentos que acrediten su personalidad y, en su caso, la representación con que ejerce este derecho.

Junto con las y los electoras/es, sólo tendrán entrada en el Colegio Electoral las personas candidatas y sus interventoras/es, las/los notarias/os que sean requeridos para dar fe de cualquier acto de la elección en lo que no se oponga al secreto de ésta y las/los agentes de la autoridad que las/los Presidentas/es de la Mesa puedan requerir.

Documentación requerida para votar:

- Electores personas físicas: Exhibición del original de DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residente.

- Representantes de las personas jurídicas electoras: Exhibición de su DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residente y la representación por la que actúan mediante exhibición del original o copia autorizada de poder suficiente, de carácter general o específico para la votación.

Además, en los casos especiales de:

- Representación mancomunada: El derecho al voto podrá ser ejercitado de manera conjunta por los/las representantes mancomunados, o por cualquiera de ellos debidamente facultado por los otros representantes y cumpliendo con el resto de requisitos del punto anterior.
- Personas representantes de las comunidades de bienes o sociedades civiles: Exhibición de su DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residente y del original del contrato de la comunidad de bienes.

En ningún caso se admitirán fotocopias ni copias simples de dichos documentos.

Cómo ejercer el voto

El/la elector/a deberá seleccionar en la papeleta de votación el nombre o razón social de la/del candidata/o elegida/o. En las categorías donde sean dos (2) el número de vocales a elegir, podrá votar por dos (2) candidatas/os, marcando el nombre o razón social de ambas/os candidatas/os elegidas/os, en la misma papeleta.

Se considerarán elegidas, por su orden, las candidaturas que hubiesen obtenido mayor número de votos. En caso de empate, la elegida será la que cuente con mayor antigüedad en el Censo de la Cámara por la categoría en la que se haya presentado.

Candidaturas proclamadas

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